Financiamiento

La naturaleza oficial del organismo de acreditación y la asignación de un presupuesto para su funcionamiento permite que esté libre de presiones financieras y que aplique mecanismos y procedimientos para cumplir con los principios que rigen la acreditación, asegurando mediante estos, que sus funciones sean desarrolladas de manera imparcial y no discriminatoria.

De acuerdo al Art 22 de la Ley de Creación del Sistema Salvadoreño para la Calidad se establecen como las fuentes de ingreso del OSA:

  1. Los recursos que el Estado le transfiera, para el inicio de sus operaciones;
  2. Las transferencias de recursos que anualmente se determinen para su presupuesto y los aportes extraordinarios que le otorgue el Estado;
  3. Los ingresos provenientes de los derechos que cobre por sus servicios y publicaciones;
  4. Los interese que produzcan la colocación de sus recursos en el sistema financiero nacional;
  5. Herencias, legados y donaciones nacionales o extranjeras, recursos provenientes de cooperación nacional o internacional, destinados a la consecución de los objetivos del Consejo;
  6. Los bienes muebles, inmuebles y valores de su propiedad, y
  7. Otros ingresos que legalmente pueda obtener.