Políticas
POLÍTICA DE IMPARCIALIDAD (4.4)
El Organismo Salvadoreño de Acreditación cuenta con procedimientos, criterios, guías y políticas no discriminatorias las cuales aplica a todos los organismos interesados en obtener la acreditación y a los OEC acreditados, sin importar su condición, estatus o actividad económica.
Todo el personal del OSA incluyendo los profesionales que participan en los comités técnicos , comisión de acreditación, comisión directiva y que forman parte del padrón de evaluadores y comité de partes, actúan de forma objetiva y se encuentran libres de cualquier presión indebida, comercial, o financiera.
El OSA cuenta con mecanismos que le permiten vigilar que los procedimientos y políticas relacionados a la imparcialidad se cumplan.
No está dentro de los fines del OSA brindar servicios de ensayo, proveer ensayos de aptitud, proveer materiales de referencia, servicios de calibración, inspección, certificación, de verificación y validación de gases de efecto invernadero.
El OSA puede llevar acabo cualquier actividad que le sea delegada por un ente regulador, fomentando siempre el desarrollo de los OEC requeridos.
POLÍTICA DE CONFIDENCIALIDAD (8.1)
Para salvaguardar la confidencialidad de la información obtenida en el proceso de sus actividades de acreditación en todos los niveles de su organismo, incluyendo los comités, organismos externos o personas que actúen en su nombre, el OSA:
- Maneja y resguarda de forma confidencial la información de un OEC brindada u obtenida durante el proceso de acreditación.
- Exige a sus evaluadores, comités y personal la firma de un compromiso de confidencialidad.
- No brinda información confidencialidad sobre un OEC en particular hacia fuera del organismo sin el consentimiento escrito del OEC, excepto cuando la ley requiera que tal información sea comunicada sin tal consentimiento.
- La Dirección Técnica del OSA es la única persona autorizada para emitir cualquier comunicado relacionado con el proceso de acreditación de un OEC bajo las condiciones establecidas en las políticas del OSA. Para los OEC en proceso inicial de acreditación, el OSA no emite ningún documento de referencia sobre el proceso mientras el OEC no haya recibido la evaluación en sitio.
POLÍTICA DE CALIDAD ( 9.1.2)
El Organismo Salvadoreño de Acreditación está orientado a la prestación de un servicio con competencia técnica que permite dar confianza en su capacidad de aplicar de manera transparente, objetiva, imparcial, confidencial y no discriminatoria un sistema de acreditación de organismos de evaluación de la conformidad basado en normativas internacionales, a fin de que las acreditaciones otorgadas sean de reconocimiento nacional e internacional.
POLÍTICA DE OBJECIÓN DEL EQUIPO EVALUADOR (7.4.2)
El OEC solo puede objetar la asignación de uno o varios evaluadores asignados por el OSA en base a un criterio técnico y a potenciales conflictos de intereses. En cualquiera de ambos casos, el OSA seleccionará nuevamente dentro de su padrón de evaluadores a los evaluadores con la competencia técnica y formación necesaria para cubrir el alcance de acreditación del OEC.
POLÍTICA PARA EL USO DEL SÍMBOLO O DECLARACIÓN DE LA CONDICIÓN DE ACREDITADO (4.3.3)
Garantizar que los OEC acreditados que deseen hacer referencia a su condición de acreditados y/o utilizar el símbolo de acreditación, lo hagan de acuerdo a los procedimientos establecidos por el OSA, a fin de evitar que sean utilizados de manera engañosa o no autorizada.
POLÍTICA ACREDITACIÓN TRANSFRONTERA
El Organismo Salvadoreño de Acreditación, adopta la guía ILAC-G21 en su versión vigente Acreditación Transfrontera – Principios para la Cooperación, en cumplimiento con los acuerdos de reconocimiento que ha suscrito con las Cooperaciones Internacionales en materia de acreditación, para la atención de solicitudes de acreditación procedente de otros países.
POLÍTICA DE INCERTIDUMBRE EN LA CALIBRACIÓN
El Organismo Salvadoreño de Acreditación, adopta la política de ILAC sobre la Incertidumbre de medición en calibración, ILAC-P14 en su versión vigente, para establecer los requisitos y directrices para la estimación y la declaración de la incertidumbre en calibración y medición.
POLÍTICA DE IDONEIDAD DE ESQUEMAS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD (4.6.3)
Garantizar que el reconocimiento de los servicios de evaluación de la conformidad que se solicite al OSA corresponda a los esquemas de evaluación de la conformidad que opera.
POLÍTICA SOBRE MANTENIMIENTO DE REGISTROS (7.14.2)
Resguardar la confidencialidad y asegurar el mantenimiento de los registros generados por las actividades del OSA.